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El presidente Javier Milei envió al Congreso un amplio proyecto de reforma laboral que busca flexibilizar el sistema actual, reducir costos empresariales y modificar aspectos centrales de la relación entre empleadores, trabajadores y sindicatos. La iniciativa será analizada durante las sesiones extraordinarias y ya comenzó a debatirse en comisiones del Senado.

El eje del proyecto apunta a una reducción permanente de contribuciones patronales, una nueva estructura para las indemnizaciones por despido, cambios en la jornada laboral, modificaciones en los convenios colectivos, nuevas limitaciones a la huelga y beneficios impositivos para empresas e inversiones.

Contribuciones patronales

El proyecto establece una baja generalizada de aportes empresariales. El aporte a obras sociales se reduce del 6% al 5% y se aplica una rebaja del 3% en las contribuciones destinadas a la Seguridad Social.
Además, las empresas deberán realizar una contribución del 3% de la masa salarial para financiar los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que cubrirán las indemnizaciones por despido.

Indemnizaciones por despido

Se modifica la base de cálculo de las indemnizaciones, excluyendo ítems como vacaciones, aguinaldo, premios o propinas. En el caso de las pymes, se habilita el pago en cuotas.
Los nuevos Fondos de Asistencia Laboral serán obligatorios y administrados por entidades financieras autorizadas.
En juicios laborales, la actualización de las indemnizaciones se indexará por IPC + 3%.

Vacaciones

Se permite fraccionar las vacaciones en períodos no menores a 7 días, algo que ya ocurre informalmente en algunas actividades.

Jornada laboral

La jornada diaria podrá extenderse de 8 a 12 horas, siempre que se respete un descanso de 12 horas entre turnos.
Se habilitan los “bancos de horas”, que permiten compensar horas extras con francos. También se impulsan los contratos a tiempo parcial.

Salarios

El proyecto redefine qué se considera remuneración y habilita el pago en pesos, moneda extranjera o en parte “en especie”.
Introduce el concepto de “salario dinámico”, asociado al mérito individual o productividad. Gremios advierten que esto podría afectar el piso salarial de los convenios.

Cuotas sindicales

Las empresas dejarán de estar obligadas a retener la cuota sindical de los afiliados. Solo podrán descontarla si el trabajador lo autoriza expresamente.
Al eliminarse la ultraactividad de los convenios, las cuotas solidarias quedarían sin efecto y deberán renegociarse.

Convenios colectivos

Se elimina la ultraactividad, lo que implica que las cláusulas obligacionales vencen y deben renegociarse en un año.
Además, un convenio de menor alcance (por empresa) puede prevalecer sobre uno de actividad, modificando la actual regla de prelación.
La Secretaría de Trabajo podrá suspender cláusulas normativas y se facilita el reconocimiento de sindicatos de empresa.

Huelgas y protestas

Se amplía la definición de servicios esenciales y se crea la categoría de “actividades de importancia trascendental”.
Se limita la realización de asambleas y se establece que no se devengará salario durante su duración.
Los bloqueos y tomas de empresas se consideran infracciones graves.

Ganancias y beneficios impositivos

La reforma incluye una rebaja del impuesto a las ganancias para empresas: del 30% al 27% y del 35% al 31,5%, beneficiando tanto a pymes como a grandes compañías.
También se eliminan diversos impuestos internos sobre cigarrillos, electrónicos, bebidas alcohólicas, automotores, celulares, seguros, entre otros bienes y servicios.
Se crea el RIMI, un nuevo régimen para incentivar inversiones medianas tanto nacionales como extranjeras.

Fuente: Clarín

Autor: admin