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La Justicia Nacional del Trabajo dictó un fallo clave en el conflicto entre la empresa FATE y el SUTNA, al ratificar la validez del acuerdo firmado en mayo de 2025 y ordenar el pago de los salarios adeudados a los trabajadores.

La resolución fue emitida por la Sala 2 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que hizo lugar a una medida cautelar presentada por el gremio. En ese marco, se dispuso que la empresa deberá abonar los haberes a todos los empleados que formaban parte de la nómina al momento del acuerdo.

El fallo también refuerza la vigencia del compromiso asumido por la firma de no realizar despidos hasta el 30 de junio de 2026, por lo que las cesantías efectuadas en febrero fueron consideradas nulas. En consecuencia, la empresa deberá pagar los sueldos correspondientes desde ese momento hasta la finalización del plazo establecido.

Desde el gremio señalaron que la decisión judicial pone fin a meses de incertidumbre y conflicto, y representa un respaldo a los derechos laborales de los trabajadores.

Asimismo, la Justicia destacó que la existencia de un acuerdo homologado y una conciliación obligatoria vigente obliga a la empresa a cumplir con sus obligaciones salariales, sin posibilidad de desconocerlas.

En este contexto, también se remarcó que, en caso de incumplimiento, la empresa podría enfrentar medidas más severas, como embargos sobre sus cuentas, lo que refuerza el carácter obligatorio e inmediato de la resolución.

El fallo tiene impacto directo sobre los trabajadores involucrados y también repercusiones en la actividad industrial, ya que garantiza la continuidad de miles de puestos de trabajo vinculados a la producción.

Desde el entorno legal del gremio señalaron que la medida “oxigena” la situación de los trabajadores, al permitir sostener la permanencia en la planta con respaldo económico, mientras continúa el conflicto.

Autor: admin