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El inicio de abril trae consigo un fin de semana extralargo en Argentina, producto de la coincidencia entre una fecha patria y una celebración religiosa.

Este jueves 2 de abril se conmemora el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, un feriado nacional inamovible, que este año coincide con el Jueves Santo, tradicionalmente considerado un día no laborable dentro del calendario religioso.

De acuerdo a la Ley 27.399, el Jueves Santo es un día no laborable, lo que significa que cada empleador define si sus trabajadores prestan servicios o no. Sin embargo, al coincidir con un feriado nacional, prevalece la condición de feriado obligatorio.

Así, el descanso queda conformado por cuatro días consecutivos: jueves 2 y viernes 3 de abril (feriados), sumados al sábado 4 y domingo 5.

💰 ¿Cómo se paga si se trabaja?

Según lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo, los feriados nacionales se rigen por las normas del descanso dominical.

Esto implica que:

  • Si el trabajador no presta servicios, cobra el día normalmente.
  • Si el trabajador debe trabajar, el empleador está obligado a pagar la jornada con un recargo del 100%, es decir, doble remuneración.

Por lo tanto, quienes trabajen el jueves 2 o el viernes 3 de abril deberán percibir el doble de su salario habitual por esas jornadas.

Autor: admin