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El Banco Central de la República Argentina (BCRA) oficializó la incorporación del dólar estadounidense como moneda habilitada para las cuentas sueldo, permitiendo que las entidades financieras acrediten remuneraciones en esa divisa.

La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial, a través de la Comunicación "A" 8460/2026, y reglamenta una posibilidad que había sido anticipada en el marco de la reforma laboral.

¿Qué cambia?

A partir de esta disposición:

  • 💵 Los bancos podrán acreditar salarios en dólares estadounidenses.
  • 🏦 Las cuentas sueldo en dólares mantendrán el mismo régimen de funcionamiento que las cuentas sueldo tradicionales.
  • ✅ La apertura y el mantenimiento seguirán siendo gratuitos para el trabajador.

Extracciones y depósitos

El Banco Central estableció que las operaciones de depósito y extracción de dólares en efectivo deberán estar garantizadas en la sucursal donde esté radicada la cuenta.

Además, podrán realizarse en otras sucursales, cajeros automáticos o terminales de autoservicio, siempre que exista disponibilidad de billetes.

La gratuidad se mantiene

La normativa ratifica que la cuenta sueldo seguirá siendo gratuita hasta el monto acreditado por la relación laboral.

También aclara que quienes decidan mantener los dólares depositados no perderán ese beneficio, ya que los fondos podrán permanecer en la cuenta sin límite de tiempo y sin costos adicionales.

No obliga a pagar salarios en dólares

La nueva reglamentación no modifica las normas laborales ni obliga a las empresas a abonar los sueldos en moneda extranjera.

Simplemente incorpora la posibilidad de que, cuando empleador y trabajador así lo acuerden dentro del marco legal vigente, la remuneración pueda acreditarse en una cuenta sueldo en dólares.

Esta posibilidad surge tras la modificación introducida por la Ley de Modernización Laboral, que establece que el salario puede abonarse en moneda nacional o extranjera.

Autor: admin